Ayudas a la Investigación
Introducción y convocatoria 2012
La Fundación convoca 7 ayudas a la investigación científica para aspirantes procedentes de todo el territorio español, destinadas a la promoción y desarrollo de trabajos científicos o estancias en Universidades u otros Centros de Investigación españoles o extranjeros, preferentemente en campos del conocimiento económico, empresarial y social.
La cuantía individual de las ayudas es de 5.000 euros, pudiendo variar este importe en atención al presupuesto y circunstancias de cada propuesta.
Bases generales
1. Podrán optar a las ayudas todas las personas que reúnan, a juicio del Patronato, los requisitos precisos para su disfrute.
2. Las ayudas tendrán una duración máxima de un año.
3. El devengo del importe asignado se efectuará de la siguiente forma: el 30% al iniciarse el trabajo; otro 30% tras la aprobación por parte de la Fundación del avance semestral, y el resto a la aprobación del trabajo final.
4. Los candidatos realizarán la solicitud a través de una aplicación informática disponible en la web www.bancoherrero.es ( Fundación Banco Herrero/ayudas a la investigación) o bien en www.bancosabadell.es (Sociedad/Fundacion/Fundacion Banco Herrero/Ayudas a la Investigación).
- La solicitud consta de la siguiente información:
- Formulario de solicitud.
- Curriculum Vitae del solicitante, con indicación de los estudios realizados, actividades profesionales desempeñadas, premios obtenidos, publicaciones (libros, artículos y otros escritos técnicos o profesionales) e idiomas que conoce.
- Certificado del expediente académico universitario del solicitante.
- Currículum Vitae abreviado del director de la investigación.
- Informe o carta de presentación del director del trabajo, el cual habrá de ser necesariamente un profesor doctor de la Universidad española de reconocida solvencia investigadora, sobre la importancia de la investigación y la conformidad expresa para orientar el trabajo del solicitante, caso de que la ayuda le sea concedida.
- Memoria relativa al estudio, investigación o estancia que se proponga realizar. En la memoria se detallarán el objetivo del trabajo, la metodología e hipótesis de la investigación así como los principales resultados y conclusiones esperadas. A la memoria se añadirá un resumen de la misma de aproximadamente 150 palabras.
5. Los candidatos, por el solo hecho de solicitar la ayuda, renuncian a toda clase de acción judicial o extrajudicial contra el fallo de la Fundación, y aceptan íntegramente el contenido de esta convocatoria.
6. La Fundación, si lo estima pertinente, podrá citar a los candidatos y adjudicatarios para cualquier aclaración que sea necesaria.
7. Las ayudas se concederán a personas físicas.
8. Quedan excluidas de esta convocatoria las personas que hayan disfrutado en ocasión anterior de alguna ayuda o beca del mismo tipo por parte de la Fundación.
9. La propiedad de los trabajos será de sus autores, aunque no podrán publicarlos sin autorización de la Fundación.
10. La publicación de los mismos deberá ir acompañada de la mención de la ayuda recibida.
11. La Fundación se reserva el derecho de proceder a la publicación total o parcial de los trabajos, cualquiera que sea su naturaleza, anunciando previamente a los autores el ejercicio de tal derecho.
12. Obligaciones de los beneficiarios:
- Cumplir todas las normas que resultan de los distintos apartados de la presente convocatoria.
- Comunicar por escrito la aceptación de la ayuda concedida, una vez recibida la notificación oficial de la Fundación.
- Comenzar el disfrute de la ayuda desde el momento de ser notificada, sin que ningún compromiso anterior o proyecto actual o futuro deba impedir el cumplimiento ininterrumpido de las obligaciones de la misma, durante el tiempo íntegro para el que se concede la ayuda.
- Realizar el trabajo previsto, ateniéndose precisamente a la finalidad de la ayuda.
- Tener en cualquier momento a disposición de la Fundación las anotaciones y resultados de las investigaciones ya realizadas.
- Remitir a la Fundación transcurridos seis meses a partir del inicio del disfrute de la ayuda, un avance, por duplicado, respecto de los trabajos o investigaciones realizados en el periodo correspondiente. Este avance se someterá a examen del Patronato o Comité correspondiente para su aprobación. La falta de presentación puntual del avance, o la no aprobación del mismo, producirá la suspensión de los pagos pendientes relacionados en la base 3ª.
- Al término del plazo, entregar por duplicado la memoria final de la investigación, formalmente presentada, a efectos de su aprobación por el Patronato.
- En cualquier caso, junto con el trabajo terminado, deberá entregarse un extracto del mismo, también por duplicado, conteniendo de 100 a 150 palabras.
13. La Fundación podrá resolver, sin ulterior recurso, las incidencias que se produzcan en la tramitación de la presente convocatoria y en el desarrollo del trabajo, particularmente dejando sin efecto las ayudas si el beneficiario incumple cualquiera de las obligaciones contenidas en estas bases.
14. El Patronato podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las ayudas.
15. El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el día 31 de enero de 2012.
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